Datos Sensibles en el Censo de Panamá

Del domingo 8 de enero a 4 de marzo se realizarán los XII el Censo Nacionales de Población y VIII de Vivienda en la República de Panamá. Los censos tendrán una duración aproximada de dos meses y no un día como en anteriores ocasiones.

Desde el anuncio de las fechas para la realización de los XII el Censo Nacionales de Población y VIII de Vivienda se han presentado una serie de quejas y controversias por parte de la ciudadanía sobre los formularios y datos que se deben suministrar durante el período del censo.

La Ley 81 de 26 de marzo de 2019 sobre Protección de Datos Personales tiene por objeto establecer los principios, derechos, obligaciones y procedimientos que regulan la protección de datos personales, considerando su interrelación con la vida privada y demás derechos y libertades fundamentales de tos ciudadanos, por parte de las personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, lucrativas o no, que traten datos personales.

La Contraloría General de la República de Panamá, a través del Instituto Nacional de Estadísticas y Censo (INEC), un ente adscrito a la Contraloría y como responsables de los censos nacionales informaron que no preguntará sobre el dato personal concerniente al estatus de migración de los extranjeros en el país.

El estatus migratorio es un dato personal de tipo sensible. La Ley 81 de 2019 define dato sensible como cualquier información concerniente a la esfera íntima de una persona física o natural y cuyo tratamiento indebido pueda ocasionar discriminación o conlleve un riesgo grave para el titular del dato.

El INEC en un comunicado de prensa señalo que los «Empadronadores no preguntarán estatus migratorio a extranjeros (…) la información que recopilen los empadronadores es de carácter confidencial, y no importa su estatus migratorio o condición en el país, la información solo es requerida con fines estadísticos para su propio beneficio»; esto con la finalidad de promover la participación de los extranjeros en el censo.

En ese sentido, la Ley 10 de 2019 establece las reglas comunes para el manejo de los datos estadísticos por parte de las entidades públicas que integran el Sistema Estadístico Nacional y sus funcionarios y el principio de Secreto Estadístico y Conservación de la Información Estadística señala que la información estadística no puede ni debe vulnerar el derecho a la intimidad de las personas naturales o jurídicas.

1 comentario en “Datos Sensibles en el Censo de Panamá”

  1. CIRIACO GONZÁLEZ

    Sólo es de carácter confidencial el estatus migratorio?
    Si yo no quiero responder la naturaleza de mis ingresos?
    O si deseo obviar si he sido vacunado ?

Los comentarios están cerrados.

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