República Dominicana y su proyecto de Ley de Teletrabajo

Al hacer una lista de las palabras más utilizadas durante la pandemia, el término teletrabajo no se quedaría fuera.  De acuerdo a la Real Academia Española (RAE), el teletrabajo es “(el) trabajo que se realiza desde un lugar fuera de la empresa utilizando las redes de telecomunicación para cumplir con las cargas laborales asignada». Esta modalidad se ha vuelto imprescindible para muchas empresas y su sobrevivencia durante estos últimos meses. 

Antecedentes

La República Dominicana se declaró en estado de emergencia hace ya poco más de un año. En marzo 2020 todos los sectores se vieron bombardeados por una serie de restricciones, toques de queda, cierre de negocios no esenciales, entre otros. La llegada del COVID ha puesto a prueba toda clase de plan de contingencia y continuidad de negocios; además, fueron evidentes los desafíos que conlleva pasar a la modalidad de teletrabajo en este contexto. De hecho, su implementación depende de factores internos como la naturaleza de las operaciones, pero también de externos, como la calidad del internet en el país y los marcos regulatorios.

En ese momento el país no contaba con regulación para el teletrabajo, por lo cual el Ministerio de Trabajo dictó la resolución 007/20 de fecha 18 de marzo. A través de esta instaba a las empresas a implementar el teletrabajo en la medida de lo posible, para luego pronunciarse a través de la resolución 23/2020 de noviembre de 2020 “Sobre la regulación del teletrabajo como modalidad especial de trabajo”. Dicha resolución representa un avance, puesto que permite reconocer el derecho a la desconexión digital y la reversibilidad del contrato por teletrabajo, entre otros.

Una ley como solución ante el vacío legal

A pesar de las medidas adoptadas por el Ministerio de Trabajo, en la República Dominicana hace falta una ley formal para el teletrabajo. Es importante dejar de verlo como solución momentánea por la pandemia, para comenzar a considerarlo como una modalidad que crea y diversifica empleos.

Es por esto que el 3 de marzo de 2021, el Diputado Jorge Orlando Villegas sometió el Proyecto de Ley de Teletrabajo.  

El alcance de dicha ley se limita al sector privado, siendo sus disposiciones supletorias al Código de Trabajo existente. Entre los ejes principales encontramos:

  • La misma reconoce y define términos como teletrabajo y teletrabajador;
  • Sus principios rectores son: igualdad de trato y oportunidades,  no discriminación, reversibilidad, voluntariedad, territorialidad;
  • Establece tres modalidades de teletrabajo, pudiendo ser total, parcial y temporal. Esta última se refiere a la posibilidad de que un trabajador presencial decida pasar a la modalidad de teletrabajo por un período no mayor a los 3 meses, sujeto a renovación;
  • Entre sus disposiciones incluye el suministro por parte del empleador de las herramientas necesarias para el desempeño de las funciones, y compensaciones en el caso de que se utilice algún equipo o herramienta propiedad del teletrabajador. También incluye compensaciones por otros gastos relacionados como electricidad y conectividad a internet; 
  • Entre los derechos del teletrabajador se encuentra el derecho a la intimidad frente a usos de mecanismos de vigilancia. Por lo tanto, es obligación del empleador informar cualquier tipo de herramienta que decida instalar para fines de vigilancia exclusivamente del ámbito laboral;
  • La Ley 172-13 sobre protección de datos amparará al teletrabajador en el tema. Sin embargo, el proyecto dispone la posibilidad de adoptar mayores medidas de protección, siempre y cuando no vayan en detrimento de los derechos de este. 

La pieza legislativa se encuentra aún en discusión, ya que ha sido enviada a la Comisión correspondiente para fines de estudio. La regulación del teletrabajo sería un gran avance para la creación de nuevos empleos, para la diversificación y mejora de las condiciones de aquellos existentes, así como la modernización de la legislación laboral en la República Dominicana. 

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