Uso de la biometría en Neonatos. Parte 2.

El uso de biometría ha tomado auge en diversos sectores de nuestra sociedad. Actividades tan  habituales como entrar a un gimnasio o verificar nuestras cuentas bancarias en línea son  usos comunes de esta tecnología. A raíz de la necesidad de dar una correcta identificación a sus pacientes, los hospitales han visto en ella la solución a muchos problemas.

Este es el caso del Hospital Santo Tomás (HST). El centro hospitalario más grande del país ha evolucionado hasta encontrar en la biometría un aliado, sobretodo en el uso para la identificación en neonatos.

El proyecto surge hace 6 años al ser común la llegada de embarazadas sin documentos de identidad personal. Esta situación hace que el nosocomio pida la asesoría del Tribunal Electoral (TE), entidad encargada de la inscripción y correcta identificación de cada nacimiento a nivel nacional. El TE suscribe un acuerdo de cooperación con la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) a fin de obtener fondos para desarrollar un sistema de identificación biométrica en las instalaciones del hospital.

Actualmente el proyecto es respaldado por el Decreto No. 5 de 27 de febrero de 2013 del Tribunal Electoral, que reglamenta el Sistema de Verificación Biométrica para las instituciones de Salud. El HST y el TE también firmaron un Convenio de Cooperación Técnica para establecer los lineamientos a seguir en las salas de parto y oficinas de admisión. 

Proceso de identificación.

A diferencia del uso de biometría en neonatos del Hospital Materno Infantil José Domingo de Obaldía de la provincia de Chiriquí, el sistema del Hospital Santo Tomás no recaba ni almacena datos, solamente los verifica. El mecanismo consiste en la colocación del dedo índice o aquel utilizado por la madre al momento de tramitar su documento de identificación en un lector biométrico. La huella dactilar digitalizada genera un reporte con los datos almacenados en el TE, desplegando nombre, cédula de la persona consultada y su fotografía. Esta información es anexada al parte clinico.

En caso de que la huella dactilar no genere similitud con la información del TE, las autoridades del hospital deben informar a diversos departamentos para que se investigue una supuesta suplantación de identidad.

Estándares de seguridad.

El Tribunal Electoral respondió en una solicitud de acceso a la información pública los estándares de seguridad que utilizan para la verificación de datos entre el hospital y la institución. Las especificaciones técnicas del proyecto son:

Conexión mediante VPN o directa con el TE (conectado por medio de una facilidad especial de un proveedor de Internet a nuestros Firewall): es una tecnología de red de computadoras que permite una extensión segura de la red de área local (LAN) sobre una red pública o no controlada como Internet. Esto brinda mayor seguridad al tránsito de la información.

Utilización del protocolo  https://: protocolo de comunicación de Internet que protege la integridad y la confidencialidad de los datos de los usuarios entre su computador y el sitio web.

Certificado digital, configurado con el hardware de la estación para mayor seguridad: el SSL (secure socket layer) es un protocolo de seguridad desarrollado para  lograr que la transmisión de datos entre un servidor y un usuario, o viceversa, a través de Internet, sea completamente segura. 

Web Api tipo Rest: Representational State Transfer o la Transferencia de Estado Representacional es un protocolo de intercambio y manipulación de datos en los servicios de internet. Se usa mediante cualquier interfaz entre sistemas que use HTTP para obtener datos o generar operaciones sobre esos datos en todos los formatos posibles.

Aspectos legales.

La recolección y tratamiento de datos personales sensibles como los datos biométricos serán regulados a partir del año 2021 por la Ley No. 81 de 26 de marzo de 2019 sobre Protección de Datos Personales. Toda persona natural o jurídica que mantenga una base de datos deberá actualizarla y mantenerla según los estándares de esta Ley. 

A pesar que la Ley no está vigente en la actualidad, el Tribunal Electoral afirma tratar los datos personales que manejan conforme a la Ley No. 81 y el derecho ARCO del consentimiento. Primero, se le informa a la futura madre sobre el procedimiento de verificación y el uso de biometría en neonatos. De igual forma, este sistema solamente genera reportes negativos o positivos, mas no almacena huellas dactilares.

La sociedad civil tiene un arduo trabajo por delante junto con los diferentes entes interesados. La banca y las empresas están interesadas en seguir comprando nuestros datos, mientras que un gobierno, si llegase a corromperse , le interesaría más bien  venderlos al mejor postor. Cómo ciudadanos debemos vigilar muy de cerca la reglamentación de esta Ley, que afectará la esfera privada de todos los panameños.

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