Derechos Digitales en Nicaragua 2018

Obligaciones de Derechos Humanos a nivel nacional e internacional

  • El artículo 30 de la Constitución Política de Nicaragua, reconoce y protege el derecho a la libertad de expresión, expresar libremente su pensamiento en público o en privado, individual o colectivamente, en forma oral, escrita o por cualquier otro medio.
  • El artículo 46 de la Constitución consagra la protección estatal y del reconocimiento de los derechos inherentes a la persona humana, del irrestricto respeto, promoción y protección de los derechos humanos, la plena vigencia de los derechos consignados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en la Declaración Americana de Derechos y Derechos del Hombre, en el pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos de la Organización de las Naciones Unidas y en la Convención Americana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos.
  • El artículo 66 de la Constitución establece que los nicaragüenses tienen derecho a la información veraz. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas, ya sea de manera oral, por escrito, gráficamente o por cualquier otro procedimiento de su elección.
  • El artículo 68 de la Constitución expresa que los medios de los medios de comunicación, dentro de su función social, deberán contribuir al desarrollo de la nación, los nicaragüenses tienen derecho de acceso a los medios de comunicación social y al ejercicio de aclaración cuando sean afectados en sus derechos y garantías.

Derechos Digitales en Nicaragua

  • La Ley No. 787 sobre Derechos de Autor y Derechos Conexos, publicada en el Diario Oficial La Gaceta No 60 del 24 de marzo del 2006, donde se tutela la protección de los derechos de autor en cualquier medio de expresión.
  • El Código Penal y la Ley 787 son los instrumentos jurídicos que protegen a los nicaragüenses contra los delitos cibernéticos.  
  • La Ley No. 200, Ley General de Telecomunicaciones y servicios postales, aprobada por la Asamblea Nacional el 07 de diciembre 2009, es la regulación de los servicios de telecomunicaciones y servicios postales, así como de establecer los derechos y deberes de los usuarios y de las operadoras, en condiciones de calidad, equidad, seguridad en Telecomunicaciones.
  • La cámara nicaragüense de Internet y Telecomunicaciones (CANITEL), organizó el conversatorio sobre los desafíos Tecnológicos de Nicaragua”, es de relevancia destacar que se contó con la participación de funcionarios de Google, Airbnb, Uber y del sector privado y público del país.
  • El 17 de febrero se realizó en Managua el TIC Forum 2017, organizado por Telefónica Business Solutions, en donde se abordó como tema “Ciberseguridad: Protegiendo sus activos digitales”.
  • El Consejo nicaragüense de Ciencia y Tecnología (Conicyt) y Comisión de Gobierno Electrónico de Nicaragua (GobNic) son las principales instituciones del Estados que impulsan la seguridad digital y prevención para ciberdelitos.
  • En noviembre 2017 se realizó el Primer Foro de Gobernanza de Internet y Seguridad Informática en Nicaragua.
  • El 18 de noviembre 2018 se realizó en Hackathon e Ideathon en Managua, el cual se encuentra programado que se realice en más de 05 departamentos del país.

Economía Digital

  • El 20 de diciembre de 2005 se creó la Comisión para el Foro Permanente de Gobierno Electrónico de Nicaragua, aprobado por el acuerdo administrativo No. 04/05, la principal función es organizar actividades en torno a gobierno Electrónico, en la que ha invitado a diferentes Instituciones a participar en seminarios, talleres, foros y reuniones para conocer, discutir y adoptar en lo general, los resultados de la consultoría sobre Gobierno Electrónico para Nicaragua apoyándose de las TICS.
  • La Comisión de Gobierno electrónico en Nicaragua presentó el ante proyecto de ley titulado “Ley de Comercio Electrónico” cuyo principal objetivo regular el comercio electrónico celebrado entre personas naturales o jurídicas que se realizan por medios electrónicos.
  • El 05 de Julio 2017 se llevó a cabo en Managua el VI Foro Regional de Economía Digital, donde uno de los principales temas fue el inicio de la digitalización y modernización de Nicaragua.
  • En 2018 el Ministerio de Economía Familiar (Mefcca) implementó una Estrategia Nacional de Promoción del uso de Tecnologías en la Innovación para pequeños y medianos emprendimientos de campo y la ciudad, promoviendo así la comunidad de negocios digitales.

Acceso a la Información Pública, Gobierno y Datos Abiertos

  • La Ley No. 621, Ley de Acceso a la Información Pública, aprobada por la Asamblea Nacional, el 16 de mayo del 2007, publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 118 del 22 de junio del 2007; establece que su principal objetivo es regular, normar, garantizar y promover el ejercicio del derecho de acceso a la información pública existente en los documentos, archivos y bases de datos de las entidades o instituciones públicas, las sociedades mixtas y las subvencionadas por el Estado. A su vez esta ley posee el Reglamento por medio del Decreto No. 81-2007.
  • Se creó la Oficina de Acceso a la Información Pública (OAIP-MIFIC) para solicitar información que no se pueda encontrar en la página web y que el MIFIC la genera.
  • La OAIP puede negar la información por tratarse de información reservada o privada. En tal caso, el ciudadano puede recurrir de apelación ante la Oficina de Coordinación de Acceso a la Información Pública.
  • En mayo 2008 se creó el Manual de la oficina de Acceso a la Información Pública (MOAIP) realizado por el Instituto nicaragüense de Aeronáutica Civil.
  • La solicitud de acceso a la información pública puede realizarse de forma verbal, escrita o por medio electrónico; esta solicitud debe contener: Nombre de la autoridad a quien se solicita la información, Nombre completo con sus generales de ley y domicilio del solicitante, se debe de presentar cédula de identidad o cualquier tipo de identificación, una descripción clara y precisa de la información solicitada y Dirección Postal o correo electrónico señalado para recibir la información o notificaciones.

Derecho a la Libertad de Expresión

  • El 10 de septiembre 2008 se presentó a la Asamblea Nacional un ante proyecto de ley titulado “Ley de Defensa a la Libertad de Expresión”.
  • El Derecho a la Libertad de Expresión, es de naturaleza indivisible, de modo que una restricción a las posibilidades de divulgación representa directa e inversamente proporcional al límite del derecho a expresarse libremente.
  • La Fundación Violeta Barrios de Chamorro ha contabilizado 195 casos de violaciones al derecho a la libertad de expresión en Nicaragua entre los meses de abril y julio.  Desde el pasado 18 de abril, la libertad de expresión en el país es “deplorable”.
  • La misión de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) y Reporteros Sin Fronteras (RSF) informó hoy que “las libertades de prensa y expresión están en retroceso» en Nicaragua.
  • La libertad de prensa y de expresión han sido “precarias”, dado el acoso permanente del Ejecutivo contra los periodistas y medios de comunicación independientes y las voces críticas contra intereses políticos.
  • El relator especial para la libertad de expresión de la CIDH, Edison Lanzas, y el relator de la ONU sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión, David Kaye, afirman que la situación de la libertad de expresión en Nicaragua es sombría, debido a las agresiones, censura y persecución policial y de elementos para policiales contra la prensa.

Protección de Datos Personales y Derecho a la Privacidad

  • La Ley No. 787, Ley de Protección de Datos Personales aprobada por la Asamblea Nacional, el 21 de marzo del 2012, publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 61 del 29 de marzo del 2012, esta ley tiene por objeto la protección de la persona natural o jurídica frente al tratamiento, automatizado o no, de sus datos personales en ficheros de datos públicos y privados, para garantizar el derecho a la privacidad personal, familiar y el derecho a la autodeterminación informativa.
  • Los Ficheros de datos personales serán lícitos únicamente cuando se encuentren debidamente autorizados y registrados, mediante consentimiento del titular, salvo excepciones de ley, a fin de garantizar el derecho de toda persona a la autodeterminación informativa y que sean proporcionales para el fin que se colectan.
  • La Ley No. 787 de protección de datos personales tiene por objeto la protección de la persona natural o jurídica frente al tratamiento, automatizado o no, de sus datos personales en ficheros de datos públicos y privados, para garantizar el derecho a la privacidad personal, familiar y el derecho a la autodeterminación informativa
  • Los nicaragüenses tienen derecho a su vida privada y la de su familia, a la inviolabilidad de su domicilio, su correspondencia y sus comunicaciones de todo tipo, al respeto de su honra y reputación, así como a saber con qué finalidad se tiene información personal.
  • Los nicaragüenses con base al artículo 10 de la ley No. 787 tiene derecho al Olvido Digital, pudiendo así solicitar a las redes sociales, navegadores y servidores que se supriman y cancelen los datos personales que se encuentren en sus ficheros.
  • En los casos de ficheros de datos de instituciones públicas y privadas que ofrecen bienes y servicios y que por razones contractuales recopilan datos personales una vez terminada la relación contractual, el titular de los mismos puede solicitar que se suprima y cancele toda la información personal que se registró mientras era usuario de un servicio o comprador de un bien.

Recomendaciones

  • Nicaragua debe de hacer cumplir los convenios y tratados suscritos internacionalmente a fin de que prevalezca el derecho, se garanticen los derechos y obligaciones adquiridas.
  • Promover y realizar capacitaciones a los miembros de los órganos judiciales, administradores de justicia, abogados en materia de derechos ejercidos por medio de Internet, con el fin el sector justicia conozca la materialidad de los delitos cibernéticos, derechos digitales, neutralidad de la red, entre otros.
  • Los Estados deben de promover espacios inclusivos donde se reúnan el sector público, sector privado, sociedad civil, expertos técnicos y múltiples partes interesadas con el fin de tener una mejor forma de tomar decisiones de políticas y crear planes de acción donde se involucren los derechos humanos e internet para brindar un espacio seguro y transparente en la red.
  • Los Estados con colaboración de los proveedores de internet deben de promover y garantizar la no interferencia y no alteración de los datos e información que comparten los usuarios por medio de internet.
  • Nicaragua debería realizar una reforma a las leyes en materia de Telecomunicaciones con el fin de garantizar los principios y naturaleza de Internet los cuales deben de adaptar dentro de su ordenamiento jurídico, con principal enfoque en la neutralidad de red para que logre existir una mayor protección de los usuarios de internet.

Notas al pie

  1. https://www.poderjudicial.gob.ni/pjupload/archivos/documentos/LA_CONSTITUCION_POLITICA_Y_SUS_REFORMAS(3).pdf
  2. ttps://www.poderjudicial.gob.ni/pjupload/archivos/documentos/LA_CONSTITUCION_POLITICA_Y_SUS_REFORMAS(3).pdf
  3. ttps://www.poderjudicial.gob.ni/pjupload/archivos/documentos/LA_CONSTITUCION_POLITICA_Y_SUS_REFORMAS(3).pdf
  4. ttps://www.poderjudicial.gob.ni/pjupload/archivos/documentos/LA_CONSTITUCION_POLITICA_Y_SUS_REFORMAS(3).pdf
  5. http://legislacion.asamblea.gob.ni/normaweb.nsf/9e314815a08d4a6206257265005d21f9/e5d37e9b4827fc06062579ed0076ce1d
  6. https://www.telcor.gob.ni/DescargarDocumento.asp?REC_ID=178
  7. https://www.cosep.org.ni/index.php/comunicaciones/notas-de-prensa/5677-canitel-?fontstyle=f-smaller
  8. https://www.elnuevodiario.com.ni/economia/419212-expertos-recomiendan-invertir-ciberseguridad/
  9. https://www.elnuevodiario.com.ni/economia/419212-expertos-recomiendan-invertir-ciberseguridad/
  10. http://isoc.org.ni/news/1er-foro-de-gobernanza-de-internet-y-seguridad-informatica/
  11. https://www.hackathonicaragua.com.ni/eventos
  12. http://legislacion.asamblea.gob.ni/Normaweb.nsf/($All)/00AD2AF3E64E3130062570F80070DCB6?OpenDocument
  13. http://www.politecnia.net/publicaciones/ver/116/Anteproyecto-de-Ley-de-Comercio-Electronico-en-Nicaragua
  14. https://www.tn8.tv/nacionales/424862-futuro-economia-digital-nicaragua/
  15. http://legislacion.asamblea.gob.ni/Normaweb.nsf/($All)/675A94FF2EBFEE9106257331007476F2
  16. https://www.mific.gob.ni/en-us/oficinadeaccesoalainformacionpublica.aspx
  17. https://www.elnuevodiario.com.ni/economia/375528-usuario-informacion-publica
  18. http://www.inac.gob.ni/wp-content/uploads/legacy/doc/1214588745_Manual%20de%20Funciones%20INAC%20-%20OACIPA%202.pdf
  19. http://legislacion.asamblea.gob.ni/Normaweb.nsf/($All)/675A94FF2EBFEE9106257331007476F2
  20. http://legislacion.asamblea.gob.ni/Diariodebate.nsf/76ed72912dd57e570625698c00773f5d/2280bf76f957946a0625757c00672e24?OpenDocument
  21. https://www.laprensa.com.ni/2018/07/06/nacionales/2445118-deplorable-estado-de-la-libertad-de-expresion-en-nicaragua-segun-fundacion-violeta-barrios
  22. https://www.elnuevodiario.com.ni/nacionales/472258-libertad-expresion-retroceso-nicaragua-segun-sip-r/
  23. https://confidencial.com.ni/libertad-de-prensa-bajo-altisimo-riesgo-en-nicaragua/
  24. https://100noticias.com.ni/nacionales/95350-expertos-cidh-onu-libertad-expresion/
  25. http://legislacion.asamblea.gob.ni/normaweb.nsf/9e314815a08d4a6206257265005d21f9/e5d37e9b4827fc06062579ed0076ce1d
  26. http://legislacion.asamblea.gob.ni/normaweb.nsf/9e314815a08d4a6206257265005d21f9/e5d37e9b4827fc06062579ed0076ce1d
  27. http://legislacion.asamblea.gob.ni/normaweb.nsf/9e314815a08d4a6206257265005d21f9/e5d37e9b4827fc06062579ed0076ce1d
  28. http://legislacion.asamblea.gob.ni/normaweb.nsf/9e314815a08d4a6206257265005d21f9/e5d37e9b4827fc06062579ed0076ce1d
  29. http://legislacion.asamblea.gob.ni/normaweb.nsf/9e314815a08d4a6206257265005d21f9/e5d37e9b4827fc06062579ed0076ce1d
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